Corpus
Modo: Corpus Pro

CONCLUSIONES ACUSATORIAS. OMISIONES QUE NO LAS AFECTAN.-

Clave: 65 · Registro digital (IUS): 920320 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice (actualización 2001)
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. Act. 2001; Tomo II, Penal, Jurisprudencia TCC; Pág. 92

Si al formular conclusiones acusatorias el Ministerio Público no cita la jurisprudencia o doctrina aplicables al caso, las circunstancias peculiares del procesado o algunas otras cuestiones no esenciales contempladas por los artículos 292 y 293 del Código Federal de Procedimientos Penales, tales omisiones no afectan a la acusación, pues la esencia de esas conclusiones como expresión final del ejercicio de la acción penal es la pretensión punitiva que se reduce a la imputación de los hechos considerados como delitos por la ley y las pruebas que en su concepto los acrediten y, en todo caso, al Juez corresponderá resolver si se actualizan las hipótesis legales, determinar la responsabilidad penal del acusado e imponer las penas que procedan.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/920320-76d97812/conclusiones-acusatorias-omisiones-que-no-las-afectan-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo directo 1301/98.-5 de noviembre de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: Guillermo Alberto Hernández Segura.-Secretaria: Carolina Isabel Alcalá Valenzuela. Amparo directo 152/99.-14 de abril de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: Enrique Alberto Durán Martínez.-Secretario: Jorge Luis Rueda Vázquez. Amparo directo 471/2000.-4 de octubre de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Guillermo Alberto Hernández Segura.-Secretario: Francisco Uribe Ortega. Amparo directo 619/2000.-17 de enero de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Guillermo Alberto Hernández Segura.-Secretario: Francisco Uribe Ortega. Amparo directo 39/2001.-21 de febrero de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Guillermo Alberto Hernández Segura.-Secretario: Francisco Uribe Ortega. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIII, mayo de 2001, página 917, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XXIII.1o. J/19; véase la ejecutoria en la página 918 de dicho tomo.

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