HORAS EXTRAS. TRATÁNDOSE DE JORNADAS ESPECIALES NO DEBE ESTIMARSE INVEROSÍMIL SU RECLAMO.-
Cuando se reclama el pago de tiempo extraordinario aduciendo una jornada laboral especial de veinticuatro horas de trabajo por veinticuatro horas de descanso o más, en este tiempo el trabajador está en condiciones de reposar y tomar alimentos a fin de recuperar energías, por lo que no puede estimarse como inverosímil ese reclamo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/920635-7b242fb2/horas-extras-tratandose-de-jornadas-especiales-no-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Novena Época:
Amparo directo 560/98.-Rafael González Esquivel.-5 de agosto de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez.-Secretario: René Díaz Nárez.
Amparo directo 796/98.-Juan José Martínez Escobar.-1o. de octubre de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: Fernando Narváez Barker.-Secretaria: Gloria Burgos Ortega.
Amparo directo 482/99.-Probimex, S.A. de C.V.-30 de junio de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: Salvador Bravo Gómez.-Secretaria: Lidia López Villa.
Amparo directo 656/99.-Jesús Elizalde Jiménez.-28 de octubre de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: Alejandro Sosa Ortiz.-Secretaria: Leonor Heras Lara.
Amparo directo 999/99.-Óscar Raymundo Valdez Díaz.-20 de enero de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Alejandro Sosa Ortiz.-Secretaria: Yolanda Leyva Zetina.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, página 201, tesis 251, de rubro: "HORAS EXTRAS, RECLAMACIONES INVEROSÍMILES.".
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XI, abril de 2000, página 865, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis II.T. J/4; véase la ejecutoria en la página 866 de dicho tomo.
Jurisprudencia relacionada
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