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AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. ES OBLIGACIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO DESAHOGAR LOS PERIODOS DE PRUEBAS Y ALEGATOS.-

Clave: 81 · Registro digital (IUS): 920751 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice (actualización 2001)
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. Act. 2001; Tomo VI, Común, Jurisprudencia TCC; Pág. 105

Del artículo 155 de la Ley de Amparo se colige que la audiencia constitucional en los juicios de amparo indirecto consta de tres etapas, a saber: 1) La de pruebas; 2) La de alegatos; y 3) La de sentencia. Ahora bien, el desahogo de esas tres etapas constituye las formalidades esenciales del procedimiento de la audiencia constitucional, de manera que si tal audiencia se celebra sin que se verifique el periodo de pruebas o el de alegatos que exige el numeral en comento, y no obstante dicha omisión, el a quo pronuncia el fallo respectivo, se actualiza una violación procesal que amerita la reposición del procedimiento en términos del artículo 91, fracción IV, de la ley de la materia, aun en el supuesto de que no hubiera comparecido de manera personal alguna de las partes ni existan promociones o pedimento del Ministerio Público Federal pendientes de acuerdo, ya que la ley no hace excepción al respecto.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/920751-a87d8cff/audiencia-constitucional-es-obligacion-del-juez-de-distrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo en revisión 66/2001.-Guillermina Guerrero Andrade.-19 de marzo de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Manuel Rojas Fonseca.-Secretaria: Blanca Elia Feria Ruiz. Amparo en revisión 72/2001.-Secretaría de Desarrollo, Evaluación y Control de la Administración Pública del Estado de Puebla.-29 de marzo de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano.-Secretario: José Guerrero Durán. Amparo en revisión 175/2001.-Comercial Mexicana, S.A. de C.V.-14 de junio de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano.-Secretario: Jorge Arturo Gamboa de la Peña. Amparo en revisión 222/2001.-Ángel Sierra de la Rosa.-5 de julio de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Manuel Rojas Fonseca.-Secretaria: Blanca Elia Feria Ruiz. Amparo en revisión 215/2001.-Marcela Martínez Espino.-9 de agosto de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Jorge Arturo Gamboa de la Peña, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.-Secretario: Clemente Delgado Salgado. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIV, septiembre de 2001, página 1131, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.3o.A. J/4; véase la ejecutoria en la página 1132 de dicho tomo.

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