Acuerdo A/003/2026 por el que se crean los Módulos de Atención Social de la Fiscalía General de la República · Capitulo III — DE SU ESTRUCTURA
Artículo 10
Artículo 10. Profesionalización
Todo el personal adscrito a los Módulos de Atención Social deberá participar en programas de formación inicial, actualización permanente y evaluación periódica, así como obtener las certificaciones que, en su caso se requieran, en las áreas del conocimiento de los derechos humanos; la atención ciudadana; la atención a víctimas; la perspectiva de género; la interculturalidad; la protección de datos personales; la comunicación efectiva; el manejo de crisis, entre otras.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CERTIFICACIONES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. (s/clave)
- TITULO PROFESIONAL. (s/clave)
- ESTATUTO JURIDICO. (s/clave)
- ESTATUTO JURIDICO. (s/clave)
- PROFESIONES, AUTORIZACIONES DE LA DIRECCION DE, PARA CAPACITACION. (s/clave)
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