Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos… · Titulo VI — COOPERACIÓN
Artículo 27
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 27
Administración Pública
Las Partes cooperarán en asuntos relacionados con la administración pública en los niveles nacional, regional y local, con miras a fomentar la formación de recursos humanos y la modernización administrativa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PODERES PUBLICOS. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO, REPRESENTACION DEL. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
- PODER ADMINISTRATIVO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis