Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la C · Titulo VIII — DISPOSICIONES FINALES
Artículo 56
Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 56
Aplicación territorial
El presente Acuerdo se aplicará, por una parte, al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y, por otra, a los territorios en que sea aplicable el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y en las condiciones previstas en dicho Tratado.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEYES DE LOS ESTADOS. (s/clave)
- CONSTITUCIONES DE LOS ESTADOS.- (729)
- PRUEBA, LOS TRATADOS INTERNACIONALES NO ESTAN SUJETOS A. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- FUERO CONSTITUCIONAL. (s/clave)
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