Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se reforman y adicionan diversas… · Capitulo 20 — Postulados Básicos".

Artículo 70

Ordenamiento: Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al Reglamento… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 70.

Traspaso de saldos de remanentes de procesos electorales

1. Si al termino de los ejercicios de rendición de cuentas, ya sea derivado de la precampañas o campañas, en las

cuentas contables de los sujetos obligados existen saldos en las cuentas por cobrar que cumplan con los

requisitos de y características de las NIF C-3 "Cuentas por Cobrar", y "Cuentas por Pagar", deberán ser

reconocidos en su contabilidad del CEN, CEE, de los CDE o de los CDD o CDM's según corresponda.

2. Adicionalmente, deberá reconocer todos los saldos contables de las contabilidades de precampaña y campaña,

ya sean de ingresos gastos, activos y pasivos.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 46 TerÍndice de la leyArt. 71 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis