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Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo SEGUNDO — DESARROLLO DE LAS LICITACIONES · Capitulo III — PROCEDIMIENTO · Seccion I — MANIFESTACIÓN DE INTERÉS

Artículo 21

Ordenamiento: Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite las Disposiciones que establecen el Marco… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 21. Una vez realizada la Manifestación de Interés, la persona física o moral obtendrá la calidad de Interesado y la Plataforma le asignará un Folio Único para la Licitación, conforme al artículo 26 de los Lineamientos de la Plataforma, el cual es intransferible. En caso de que la participación sea a través de un Consorcio, la persona física o moral que realice la Manifestación de Interés será el Representante Común de dicho Consorcio.

La naturaleza jurídica de la persona a la que se le asignó el Folio Único, ya sea física o moral, no podrá modificarse en ningún momento durante la Licitación respectiva.

Únicamente las personas que cuenten con la calidad de Interesado podrán ser consideradas para participar en las actividades de la Licitación.

SECCIÓN II

PREGUNTAS A LAS BASES DE LICITACIÓN Y SUS RESPUESTAS

Fuente oficial: consultar publicación

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