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Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo SEGUNDO — DESARROLLO DE LAS LICITACIONES · Capitulo III — PROCEDIMIENTO · Seccion XII — NOTIFICACIONES

Artículo 64

Ordenamiento: Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite las Disposiciones que establecen el Marco… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 64. Como parte de la Manifestación de Interés, la persona física o moral deberá señalar un domicilio para oír y recibir notificaciones. Cualquier cambio de domicilio por parte del Interesado, Participante o Participante Ganador deberá informarse a la DGLE a través de los medios previstos en las Bases de Licitación. En caso de no comunicar el nuevo domicilio, las notificaciones se practicarán en el domicilio proporcionado originalmente.

TÍTULO TERCERO

COMPETENCIA ECONÓMICA

CAPÍTULO ÚNICO

LÍMITES DE ACUMULACIÓN DE ESPECTRO Y PROHIBICIÓN DE CONDUCTAS ANTICOMPETITIVAS

Fuente oficial: consultar publicación

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