Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo CUARTO — VALORES MÍNIMOS DE REFERENCIA Y GARANTÍA DE SERIEDAD · Capitulo II — GARANTÍA DE SERIEDAD · Seccion I — CONSTITUCIÓN Y PRESENTACIÓN
Artículo 74
Artículo 74. Las Bases establecerán si el Interesado podrá constituir una Garantía de Seriedad que respalde su participación por varios Bloques o Lotes o una por cada Bloqueo Lote de interés. En cualquier supuesto, la ejecución de la garantía afectará la totalidad del monto que en ella se establece.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INTERESES MORATORIOS EN CASO DE ABONOS. (s/clave)
- SECUESTRO DE CREDITOS. (s/clave)
- RECARGOS FISCALES. (s/clave)
- ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- INTERESES, PAGO ANTICIPADO DE LOS. (s/clave)
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