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Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES · Capitulo ÚNICO — OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 2

Ordenamiento: Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite los Lineamientos para el uso… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 2. Además de las definiciones previstas en el artículo 3 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y el artículo 3 de las Disposiciones Marco, para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:

I.            Actuación Electrónica: Toda actividad que se lleve a cabo a través de la Plataforma por parte de un Usuario;

II.            Acuse de Recibo Electrónico: Documento que genera la Plataforma y que acredita, mediante un sello digital, la recepción de una Actuación Electrónica, así como su fecha y hora, señalando la actividad realizada, los datos de Registro del Usuario Externo y el Folio Único asociado;

III.           Administrador: Perfil de Usuario Interno asignado a una persona servidora pública de la Comisión, designada por la persona titular de la DGLE, a través del cual se lleva a cabo lo establecido en el artículo 11 de los Lineamientos;

IV.          Bases de Licitación o Bases: Instrumento emitido por la Comisión para cada proceso de Licitación en el que se establecen los términos, condiciones, requisitos, calendario, recursos objeto de licitación, procedimiento de presentación de ofertas y demás reglas específicas aplicables, y que tiene como objeto concesionar el uso, aprovechamiento y explotación de Bandas de Frecuencias del espectro radioeléctrico para uso comercial, o para concesionar la ocupación y explotación de Recursos Orbitales para uso comercial;

V.           Bitácora de Eventos: Registro informático generado automáticamente por la Plataforma, destinado a preservar la integridad y permitir la detección de alteraciones no autorizadas respecto de las operaciones y transacciones realizadas en la Plataforma y su base de datos, el cual documenta, al menos, la fecha, hora, tipo de actividad, identificadores de sesión y transacción, así como los datos del Usuario asociados a la operación;

VI.          Comisión: Comisión Reguladora de Telecomunicaciones;

VII.          Constancia de Notificación Electrónica: Documento electrónico generado por la Plataforma que hace constar que una notificación se llevó a cabo a través de la misma;

VIII.         Correo Electrónico de la Plataforma: Cuenta de correo electrónico que tiene por objeto dar soporte técnico y apoyo de carácter orientativo exclusivamente respecto de la operación de la Plataforma ya través del cual se realizarán las actividades que así se establezcan en los presentes Lineamientos;

IX.          Cuenta de Usuario: Conjunto de derechos, permisos, Datos de Acceso y registros asociados aun Usuario dentro de la Plataforma, mediante los cuales se identifica al Usuario y se vinculan de manera unívoca sus Actuaciones Electrónicas e interacciones con el sistema;

X.           Datos de Acceso: Nombre de usuario y contraseña a través de los cuales un Usuario puede ingresar a la Plataforma, mismos que son personales e intransferibles, cuyo resguardo y el uso que se les dé son responsabilidad del Usuario;

XI.          DEID: Dirección Ejecutiva de Infraestructura y Desarrollo de la Comisión;

XII.          DGLE: Dirección General de Licitaciones de Espectro de la Comisión;

XIII.         Disposiciones Marco: Disposiciones que establecen el Marco General para el desarrollo de los procedimientos de Licitación Pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación de Bandas de Frecuencias de Espectro Radioeléctrico para uso comercial, así como para concesionar la ocupación y explotación de Recursos Orbitales para uso comercial;

XIV.        Evaluador: Perfil de Usuario Interno asignado a una persona servidora pública adscrita a la DGLE, a través del cual se lleva a cabo el análisis y evaluación de la documentación e información recibida a través de la Plataforma, conforme a lo establecido en el artículo 15 de los presentes Lineamientos;

XV.         Expediente Electrónico: Conjunto de documentos electrónicos y/o digitalizados vinculados a los Usuarios Licitantes, que asegura la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información que contiene;

XVI.        Firma Electrónica Avanzada: Conjunto de datos y caracteres que permiten la identificación de la persona firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente a la misma ya los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa y que es proporcionada y actualizada por el Servicio de Administración Tributaria;

XVII.        Ley: Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión;

XVIII.       Líder: Perfil de Usuario Interno asignado a una persona servidora pública adscrita a la DGLE, a través del cual se lleva a cabo lo establecido en el artículo 14 de los presentes Lineamientos;

XIX.        Lineamientos: Lineamientos para el uso de la Plataforma Dinámica de Licitaciones de Espectro de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones en los procedimientos de Licitaciones de Espectro Radioeléctrico y Recursos Orbitales;

XX.         Manual de Usuario: Documento técnico explicativo para el uso de la Plataforma;

XXI.        Observador: Perfil de Usuario Interno asignado a una persona servidora pública, quien podrá llevar a cabo lo establecido en el artículo 16 de los presentes Lineamientos;

XXII.        Plataforma: Plataforma Dinámica de Licitaciones de Espectro de la Comisión, empleada como solución tecnológica para la recepción de información y documentación y la realización de Actuaciones Electrónicas durante la sustanciación de procedimientos de Licitación, la cual permite desarrollar las actividades indicadas en las Disposiciones Marco y las Bases;

XXIII.       Registro: Acto a través del cual se crea una Cuenta de Usuario dentro de la Plataforma y se generan los Datos de Acceso;

XXIV.       Usuario: Persona que podrá ser clasificada en Usuario Interno o Usuario Externo, de acuerdo con el perfil otorgado y su interacción con la Plataforma;

XXV.       Usuario con Carácter de Autorizado: Persona física designada a través de la Plataforma por el Usuario Licitante o por el Usuario Representante Legal, que contará con aquellas facultades que le otorguen el Usuario Licitante o el Usuario Representante Legal, de las establecidas en el artículo 30 de los presentes Lineamientos;

XXVI.       Usuario Externo: Persona física o moral que interactúa con la Plataforma y que cuenta con alguno de los siguientes perfiles: Usuario Registrado, Usuario Licitante, Usuario Representante Legal o Usuario con Carácter de Autorizado;

XXVII.      Usuario Interno: Persona servidora pública que interactúa con la Plataforma y que cuenta con alguno de los siguientes perfiles: Administrador, Líder, Evaluador u Observador;

XXVIII.     Usuario Licitante: Usuario Registrado que manifiesta interés en participar en una Licitación a través de la Plataforma, lo cual le permite presentar información y/o documentación conforme a lo establecido en las Disposiciones Marco y en las Bases y quien, para efectos de las Disposiciones Marco, tiene el carácter de Interesado, Participante o Participante Ganador, de acuerdo con el momento en el que se encuentre el proceso de Licitación;

XXIX.       Usuario Registrado: Persona física o moral que realizó su Registro en la Plataforma y cuenta con Datos de Acceso;

XXX.       Usuario Representante Legal: Persona física que ha sido designada por un Usuario Licitante para llevar a cabo las actividades establecidas en las Bases a través de la Plataforma, en representación del Usuario Licitante.

Los términos antes señalados pueden ser utilizados indistintamente en singular o plural, y aquellos no definidos en los presentes Lineamientos tendrán el significado que les otorgue la Ley o la normatividad aplicable en la materia.

Fuente oficial: consultar publicación

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