Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite…
Artículo 47
Artículo 47. Se considera uso indebido de la Plataforma la realización de cualquiera de las siguientes conductas, de manera enunciativa más no limitativa, siempre que sean técnicamente atribuibles aun Usuario identificado a través de sus Datos de Acceso o Cuenta de Usuario:
I. Llevar a cabo o intentar acciones dirigidas a vulnerar la seguridad, integridad o autenticidad de la Plataforma;
II. Manipular, alterar, suprimir o destruir, sin autorización, la información, registros o documentos contenidos en la Plataforma;
III. Ejecutar mediante sus Datos de Acceso o Cuenta de Usuario, conductas que comprometan la disponibilidad o la continuidad operativa de la Plataforma;
IV. Acceder a la Plataforma mediante credenciales, accesos o medios no autorizados o suplantar la identidad de otro Usuario, y
V. Eludir o manipular los controles de acceso de la Plataforma para extraer la información de terceros contenida en la misma.
Para efectos de este artículo, la atribución de cualquiera de las conductas anteriores aun Usuario se sustentará obligatoriamente en la Bitácora de Eventos, en los registros de Actuaciones Electrónicas o en los mecanismos técnicos equivalentes determinados por la DEID que permitan identificar la conducta a nivel de Cuenta de Usuario.
Los registros, alertas o peticiones generados exclusivamente a nivel de dirección IP, por sí solos, no serán suficientes para acreditar la responsabilidad individual de un Usuario en alguna de las conductas referidas, dada la naturaleza dinámica del direccionamiento IP y de los esquemas de traducción de direcciones en territorio nacional.
La realización de alguna de las conductas señaladas en las fracciones anteriores por parte de los Usuarios Externos implicará la actualización de los supuestos establecidos en los artículos 85, fracción VIII y 86, fracción VII de las Disposiciones Marco y en las Bases. Lo anterior, sin perjuicio de las denuncias y acciones ante la Fiscalía General de la República o cualquier autoridad que resulte competente para tales efectos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- VIOLACIONES. (s/clave)
- AUTORIDADES EJECUTORAS. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- CONCEPTOS DE VIOLACION. (s/clave)
- VIOLACIONES ALEGADAS. (s/clave)
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