Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 12.71

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 12.71.- En las materias reguladas en el presente Libro no procederá el recurso

administrativo de inconformidad previsto en el Código de Procedimientos Administrativos del

Estado de México.

En contra de la resolución que se dicte en la inconformidad administrativa, así como de los

demás actos y resoluciones derivados de los contratos y convenios regulados por este Libro,

procede juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 12.70Índice de la leyArt. 12.72 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis