Artículo 19.8
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 19.8.- Los prestadores de servicios inmobiliarios y los socios y directivos de las
empresas inmobiliarias registradas que utilicen los servicios de personal administrativo y de
los auxiliares inmobiliarios serán corresponsables en términos de ley.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COBRADORES DE RENTAS, FACULTADES DE LOS. (s/clave)
- TRABAJO, OBLIGACION DE LOS PROPIETARIOS DE INMUEBLES CON RESPECTO AL ARRENDATARIO, POR PRESTACIONES DE. (s/clave)
- PERSONAS MORALES OFICIALES. (s/clave)
- PERSONAS MORALES OFICIALES. (s/clave)
- POSESION. (s/clave)
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