Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 5.16

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 11 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 5.16. La planeación y regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos

humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, tiene por objeto lograr una

distribución equilibrada y sustentable de la población y de las actividades económicas en el

territorio estatal, así como mejorar la calidad de vida de sus habitantes, el desarrollo

integral de sus comunidades, competitividad de los centros de población y la adaptación al

cambio climático.

Los ciudadanos del Estado, en los términos de este Libro y su reglamentación, tienen derecho a

participar en la formulación de propuestas en los procesos de elaboración de los planes de

desarrollo urbano, así como coadyuvar con las autoridades estatales y municipales en la

vigilancia de la normatividad prevista en ellos. Para el caso de las comunidades indígenas de

la entidad, éstas participarán en los términos previstos por la Ley de Derechos y Cultura

Indígena del Estado de México.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 5.15Índice de la leyArt. 5.17 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis