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Código Administrativo

Artículo 8.19 Ter

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 8.19 Ter.- Además de las señaladas en el artículo 8.19 las autoridades de tránsito

tendrán las atribuciones siguientes:

I. Detener la marcha de un vehículo, cuando la autoridad correspondiente establezca y lleve a

cabo operativos o programas de control y preventivos de ingestión de alcohol u otras

substancias tóxicas para conductores de vehículos;

II. Someter a los conductores a las pruebas para la detección del grado de intoxicación, a

través de los médicos adscritos al Juzgado Municipal respectivo, con aparatos médico-

científicos de detección de alcohol y otras substancias tóxicas que establezca este Libro;

III. Entregar un ejemplar del comprobante de los resultados de la prueba al conductor,

inmediato a su realización;

IV. Presentar de inmediato, ante la o el Juez Cívico correspondiente, al conductor que presente

una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro, o de alcohol en aire

espirado superior a 0.4 miligramos por litro. Así como, a entregar un ejemplar del comprobante

de los resultados de la prueba a la o el Juez Cívico, documento que constituirá prueba

fehaciente de la cantidad de alcohol u otra sustancia tóxica encontrada y servirá de base para

el dictamen del Médico adscrito al Juzgado Cívico Municipal que determine el tiempo probable de

recuperación;

V. Informar a la Secretaría de Movilidad del Estado de México de las infracciones las

disposiciones reglamentarias de tránsito, para que se registren en la correspondiente base de

datos.

VI. Remitir al depósito más cercano el vehículo para su resguardo.

Para el caso de que el conductor vaya acompañado de algún familiar o persona sobria y disponga

de la debida licencia de conducir, se le entregará a ella el vehículo, dejando constancia de

ello.

Fuente oficial: consultar publicación

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