Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1584
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1584.- El ejecutor especial podrá también a nombre del legatario, exigir la
constitución de la hipoteca necesaria.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO. SU PROCEDENCIA SE RIGE POR EL CÓDIGO CIVIL ADJETIVO, EN CONCORDANCIA CON EL SUSTANTIVO, SIN PERJUICIO DE LA LEY QUE REGULE LA FORMACIÓN DEL ACTO JURÍDI (I.10o.C.3 C (10a.))
- ACCION HIPOTECARIA. PUEDE EJERCITARSE CONTRA EL TERCERO QUE LA CONSTITUYE. (s/clave)
- EJECUCION CONTRA EL ADQUIRENTE DEL BIEN HIPOTECADO. (s/clave)
- ACCIONES HIPOTECARIA Y EJECUTIVA. (s/clave)
- ACCIÓN HIPOTECARIA. REQUISITO PARA SU PROCEDENCIA DE LA.- (425)
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