Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1685
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1685. - Toda persona que propone a otra la celebración de un contrato
fijándole un plazo para aceptar, queda ligada por su oferta hasta la expiración del
plazo.
(REFORMADO, P.O. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2013)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONTRATOS. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
- CONTRATO. (s/clave)
- POLICITACIONES, CASOS EN QUE EL PROPONENTE QUEDA DESLIGADO DE SU OFERTA. (s/clave)
- CONTRATOS A NOMBRE DE OTRO. (s/clave)
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