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Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 1691 -K

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 1691 -K.- Conforme al Artículo 1691 -C, siempre que se entienda que el

mensaje de datos proviene del emisor, o que el destinatario tenga derecho a actuar

con arreglo a este supuesto, dicho destinatario tendrá derecho a considerar que el

mensaje de datos recibido corresponde al que quería enviar el iniciador, y podrá

proceder en consecue ncia. El destinatario no gozará de este derecho si sabía, o

hubiera sabido de haber actuado con la debida diligencia o de haber aplicado algún

método previamente acordado, que la transmisión había dado lugar a un error en el

mensaje de datos recibido.

Se presume que cada mensaje de datos recibido es un mensaje de datos diferente,

salvo que el destinatario sepa, o debiera saber, de haber actuado con la debida

diligencia, o de haber aplicado algún método previamente acordado, que el nuevo

mensaje de datos era un duplicado.

VICIOS DEL CONSENTIMIENTO.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

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Texto del artículo derogado (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Artículo 1691 -K.- Conforme al Artículo 1691 -C, siempre que se entienda que el

mensaje de datos proviene del emisor, o que el destinatario tenga derecho a actuar

con arreglo a este supuesto, dicho destinatario tendrá derecho a considerar que el

mensaje de datos recibido corresponde al que quería enviar el iniciador, y podrá

proceder en consecue ncia. El destinatario no gozará de este derecho si sabía, o

hubiera sabido de haber actuado con la debida diligencia o de haber aplicado algún

método previamente acordado, que la transmisión había dado lugar a un error en el

mensaje de datos recibido.

Se presume que cada mensaje de datos recibido es un mensaje de datos diferente,

salvo que el destinatario sepa, o debiera saber, de haber actuado con la debida

diligencia, o de haber aplicado algún método previamente acordado, que el nuevo

mensaje de datos era un duplicado.

VICIOS DEL CONSENTIMIENTO.

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