Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1875
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1875. - La solidaridad estipulada no da a la obligación el carácter de
indivisible, ni la indivisibilidad de la obligación la hace solidaria.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- OBLIGACIONES SOLIDARIAS E INDIVISIBLES, (LEGISLACION DE COAHUILA). (s/clave)
- SOLIDARIDAD. NO SE PRESUME. RESULTA POR DISPOSICION LEGAL O DEL ACUERDO EXPRESO DE LOS CONTRATANTES. (s/clave)
- OBLIGACIONES MANCOMUNADAS, EFECTO DE LAS. (s/clave)
- OBLIGACIONES, EFECTO DE LA DIVISION DE LAS. (s/clave)
- OBLIGACIÓN INDIVISIBLE. ES AQUELLA DERIVADA DE LA SENTENCIA QUE CONDENA AL PAGO DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS EN DIVERSO JUICIO Y, POR TANTO, CONFIERE A QUIEN FAVORECIÓ LA MISMA, (XVI.5o.16 C)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis