Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1884
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1884.- La obligación de dar cosa cierta comprende también la de entregar
sus accesorios; salvo que lo contrario resulte del título de la obligación o de las
circunstancias del caso.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMPRAVENTA, ENTREGA DE LA COSA. (s/clave)
- OBLIGACIONES, CUMPLIMIENTO DE LAS. (s/clave)
- OBLIGACIONES. (s/clave)
- COMPRAVENTA, ENTREGA DE LA COSA. (s/clave)
- COMPRAVENTA, PRUEBA DE LA ENTREGA DEL BIEN OBJETO DE LA. (s/clave)
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