Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2077
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2077. - La obligación se extingue por confusión cuando las calidades de
acreedor y de deudor se reúnen en una misma persona. La obligación renace si la
confusión cesa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONFUSION DE DERECHOS. (s/clave)
- PAGO. (s/clave)
- EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES. (s/clave)
- MORA EN EL CASO DE FALLECIMIENTO DEL ACREEDOR. (s/clave)
- OBLIGACIONES, EFECTO DE LA DIVISION DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis