Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2099
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2099. - La falta de forma establecida por la ley, si no se trata de actos
solemnes, así como el error, el do lo, la violencia, la lesión y la incapacidad de
cualquiera de los autores del acto, produce la nulidad relativa del mismo.
CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Última actualización: 15/12/2025.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INEXISTENCIA Y NULIDAD. (s/clave)
- NULIDAD DE LO ACTUADO. (s/clave)
- NULIDAD DE LO ACTUADO. (s/clave)
- NULIDAD, EFECTOS DE LA FALTA DE ACCION PARA LA. (s/clave)
- NULIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis