Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2212
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2212.- No puede hacerse donación verbal más que de bienes muebles.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DONACION, PRUEBA DE LA. (s/clave)
- DONACION, CUANDO NO ES CONDICIONAL, SUSPENSIVA, O A PLAZOS LA. (s/clave)
- DONACIONES. (s/clave)
- EXENCION DE CONTRIBUCIONES. (s/clave)
- POSESION DE INMUEBLES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis