Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2306
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2306.- El arrendatario es responsable del incendio, a no ser que provenga
de caso fortuito, fuerza mayor o vicio de construcción.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARRENDAMIENTO, RESPONSABILIDAD CIVIL EN CASO DE INCENDIO DEL INMUEBLE MATERIA DEL. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO EN CASO DE INCENDIO. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. RESPONSABILIDAD EN CASO DE INCENDIO. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. RESPONSABILIDAD EN CASO DE INCENDIO (LEGISLACION DE OAXACA). (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, RESPONSABILIDAD CIVIL EN CASO DE (LEGISLACION DE NUEVO LEON). (s/clave)
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