Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2444
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2444. - El mandatario deb e pagar los intereses de las sumas que
pertenezcan al mandante y que haya distraído de su objeto e invertido en provecho
propio, desde la fecha de inversión; así como los de las cantidades en que resulte
alcanzado, desde la fecha en que se constituyó en mora.
CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Última actualización: 15/12/2025.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INTERESES. PAGO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. PROCEDE LA CONDENA A CUBRIR INTERESES MORATORIOS ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LAS RENTAS DEVENGADAS (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). (1a./J. 14/2009)
- ARRENDAMIENTO. PROCEDE LA CONDENA A CUBRIR INTERESES MORATORIOS ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LAS RENTAS DEVENGADAS (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). (212)
- MUTUO CON INTERES, PAGO DE LA DEUDA ANTES DE VENCERSE EL PLAZO DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- INTERESES MORATORIOS, AUSENCIA DE PACTO SOBRE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis