Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2814
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2814. - La hipoteca produce todos sus efectos jurídicos contra tercero
mientras no sea cancelada su inscripción.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HIPOTECAS, CANCELACION DE. (s/clave)
- HIPOTECA, PRIVILEGIO DE LA. (s/clave)
- HIPOTECAS. (s/clave)
- HIPOTECAS, ACCION EN CONTRA DEL ADQUIRENTE DEL INMUEBLE HIPOTECADO. (s/clave)
- HIPOTECAS, CANCELACION DE. (s/clave)
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