Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2879
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2879.- La inscripción no convalida los actos o contratos que sean nulos con
arreglo a las leyes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- NULIDAD DE ACTUACIONES. (s/clave)
- REGISTRO, INSCRIPCIONES NULAS EN EL. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
- CONTRATOS, INEXISTENCIA Y NULIDAD DE LOS. (s/clave)
- CONTRATOS, VALIDEZ DE LOS. (s/clave)
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