Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 471

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 471.- El objeto de la tutela es la guarda de la persona y bienes de los que

no estando sujetos a patria potestad tienen incapacidad natural y legal, o solamente

la segunda, para gobernarse por sí mismos. La tutela puede también tener por

objeto la representación interina del incapaz en los casos especiales que señale la

ley.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 470Índice de la leyArt. 472 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis