Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 831
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 831.- La posesión adquirida de buena fe no pierde ese carácter sino en el
caso y desde el momento en que existan actos que acrediten que el poseedor no
ignora que posee la cosa indebidamente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- POSESION DE BUENA FE. (s/clave)
- POSESION DE BUENA FE. CORRESPONDE AL QUE LA ALEGA DEMOSTRARLA PARA LUEGO PASAR LA CARGA DE LA PRUEBA AL QUE AFIRME LO CONTRARIO (ARTICULOS 842 Y 843 DEL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO (VII.2o.C.39 C)
- POSESION, CARACTER DE LA. (s/clave)
- POSESION DE BUENA FE. (s/clave)
- POSESION, BUENA FE EN LA. (s/clave)
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