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Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo Transitorio 5o

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 5o.- Los tutores y los albaceas ya nombrados, garantizarán su manejo de

acuerdo con las disposiciones de este Código, dentro del plazo de seis meses

contados desde que entre en vigor, so pena de que sean removidos de su cargo, si

no lo hacen.

Fuente oficial: consultar publicación

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