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Código Civil Federal · Libro PRIMERO — De las Personas · Titulo SEPTIMO — De la Paternidad y Filiación · Capitulo II — De las Pruebas de la Filiación de los Hijos Nacidos en Matrimonio

Artículo 353

Ordenamiento: Código Civil Federal · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 353.- Si el que está en posesión de los derechos de padre o de hijo fuere despojado de ellos o perturbado en su ejercicio, sin que preceda sentencia por la cual deba perderlos, podrá usar de las acciones que establecen las leyes para que se le ampare o restituya en la posesión.

CAPITULO III

De la Legitimación

Fuente oficial: consultar publicación

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