Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1098
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1098. - REPARTO DE FRUTOS DE GASTOS DE ARBOLES EN
COPROPIEDAD. Los frutos de árboles o de arbustos comunes y los gastos de su
cultivo, serán repartidos proporcionalmente entre los copropietarios.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COPROPIEDAD, FRUTOS, PRODUCTOS, INVERSIONES Y GASTOS EN LA. AJUSTE O LIQUIDACION. (s/clave)
- ARBOLES FRUTALES. (s/clave)
- ARBOLES FRUTALES. (s/clave)
- COPROPIEDAD, DERECHO A LOS FRUTOS EN CASO DE. (I.8o.C.296 C)
- COPROPIEDAD, REPARTICION DE GASTOS DERIVADOS DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis