Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1104
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1104.- NULIDAD DE DIVISION DE BIENES INMUEBLES. La división
de bienes inmuebles es nula si no se hace con las mismas formalidades que la
Ley exige para su venta.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DIVISION DE BIENES INMUEBLES. (s/clave)
- DIVISION DE BIENES INMUEBLES, NULIDAD DE LA. (s/clave)
- BIENES DE HERENCIA, DIVISION DE LOS. (s/clave)
- COMPRAVENTA, NULIDAD DE LA, POR FALTA DE FORMA. (s/clave)
- INDIVISION, EMBARGO DE BIENES EN LA. (s/clave)
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