Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1105
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1105. - APLICACION DE DIVISION DE HERENCIAS A DIVISION
ENTRE PARTICIPES. Son aplicables a la división entre partícipes las reglas
concernientes a la división de herencias.
CAPITULO VIII
DEL REGIMEN DE CONDOMINIO
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- BIENES HEREDITARIOS, PARTICION DE LOS. (s/clave)
- BIENES DE HERENCIA, DIVISION DE LOS. (s/clave)
- PARTICION Y ADJUDICACION. (s/clave)
- COPROPIEDAD, DIVISIÓN DE LA. REQUISITOS PARA QUE SE ORDENE EN SENTENCIA DEFINITIVA LA ADJUDICACIÓN INDIVIDUAL A LOS CODUEÑOS DE CADA UNA DE LAS FRACCIONES EN QUE SE DIVIDA. (I.9o.C.103 C)
- ACCION DE DIVISION COMPETE SOLO AL COPROPIETARIO Y NO AL COPOSEEDOR. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)
ARTICULO 1105. - APLICACION DE DIVISION DE HERENCIAS A DIVISION
ENTRE PARTICIPES. Son aplicables a la divis ión entre partícipes las reglas
concernientes a la división de herencias.
CAPITULO VIII
DEL REGIMEN DE CONDOMINIO
Aprobación 1993/08/27
Promulgación 1993/10/11
Publicación 1993/10/13
Vigencia 1994/01/01
Expidió XLV Legislatura
Periódico Oficial 3661 Sección Segunda “Tierra y Libertad”
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
Dirección General de Legislación.
Subdirección de Jurismática.
Última Reforma: 31-05-2023
327 de 657
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis