Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 79
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
⚠️ Este artículo está derogado o no vigente.
ARTICULO *79.- Derogado
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO. APLICACION RETROACTIVA DE LA NORMA QUE LA OTORGA. (s/clave)
- NACIONALIDAD MEXICANA ADQUIRIDA POR NATURALIZACION. NO ES INCONSTITUCIONAL QUE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES RESUELVA EN SENTIDO NEGATIVO UNA PETICION DE QUE SE INICIE EL (I.3o.A.500 A)
- NACIONALIDAD MEXICANA, NEGATIVA DEL RECONOCIMIENTO DE LA. (s/clave)
- NACIONALIDAD MEXICANA, NEGATIVA DEL RECONOCIMIENTO DE LA. (s/clave)
- NACIONALIDAD, DETERMINACION DE LA. (s/clave)
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