Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 82
Vigencia verificada: 25 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
⚠️ Este artículo está derogado o no vigente.
ARTICULO *82.- Derogado
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DIVORCIO EN MORELOS, LEY DEL. (s/clave)
- DERECHOS POR LA INSCRIPCIÓN DE PODERES O SUSTITUCIÓN DE ÉSTOS EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE MORELOS. LOS ARTÍCULOS 80, FRACCIÓN XII, INCISO A) ((I Región)7o.4 A (10a.))
- PATRIMONIO FAMILIAR, CONSTITUCION DEL (LEGISLACION DE YUCATAN). (s/clave)
- DIVORCIO EN EL ESTADO DE MORELOS. (s/clave)
- PATRIMONIO FAMILIAR. (s/clave)
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