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Modo: Corpus Pro

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 974

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 974. - IMPOSIBILIDAD DE REIVINDICAR MONEDA TITULOS AL

PORTADOR. La moneda y los títulos al portador no pueden ser reivindicados del

adquirente de buena fe, aunque el poseedor haya sido desposeído de ellos contra

su voluntad.

Fuente oficial: consultar publicación

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