Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 996
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 996. - POSESION QUE PRODUCE LA PRESCRIPCION. Sólo la
posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño de la cosa poseída
puede producir la prescripción.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRESCRIPCION, POSESION PARA LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION. (s/clave)
- POSESION, PRESCRIPCION ADQUISITIVA DERIVADA DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA. (s/clave)
- PRESCRIPCION, POSESION PARA LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis