Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código de Justicia Militar · Libro PRIMERO — De la organización y competencia · Titulo QUINTO — De la competencia · Capitulo II — Tribunal Superior Militar y secretarios

Artículo 71

Ordenamiento: Código de Justicia Militar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-07-16

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 71.- El secretario auxiliar del Tribunal Superior Militar, desempeñará las labores que le encomiende la persona secretaria de acuerdos y las mismas que éste, cuando lo supla.

Artículo reformado DOF 16-07-2025

CAPITULO II BIS

Tribunales Militares de Juicio Oral, Jueces de Control y de Ejecución de Sentencias

Capítulo adicionado DOF 16-05-2016

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 70Índice de la leyArt. 71 Bis →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis