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Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 105

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 105. En caso que ocurra una vacante de consejero electoral local, se informará de inmediato

al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, para que éste realice la designación

correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos

Electorales.

Fuente oficial: consultar publicación

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