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Modo: Corpus Pro

Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 112

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 112. Son atribuciones del Secretario del Consejo General:

I. Auxiliar al Consejo General y a su Presidente en el ejercicio de sus atribuciones;

II. Preparar el orden del día de las sesiones del Consejo General, declarar la existencia de quórum,

dar fe de lo actuado en las sesiones, levantar el acta correspondiente y someterla a la aprobación

de sus integrantes;

III. Informar sobre el cumplimiento de los acuerdos del Consejo;

IV. Recibir las solicitudes de registro que competan al Consejo General, informando de inmediato a

éste;

V. Dar cuenta de los informes, estudios, dictámenes y proyectos de acuerdo que sean sometidos a

la consideración del Consejo General por los órganos internos del Instituto Electoral Veracruzano;

VI. Expedir las certificaciones que se requieran;

VII. Recibir y sustanciar los recursos que se interpongan en contra de los actos o resoluciones de

los Consejos Distritales y municipales y preparar el proyecto correspondiente;

VIII. Recibir y dar el trámite previsto en este Código a los recursos que se interpongan en contra de

los actos o resoluciones del Consejo General, informando a éste de los mismos en su sesión

inmediata;

IX. Informar al Consejo General de las resoluciones que le competan dictadas por los órganos

jurisdiccionales correspondientes;

X. Mantener a su cargo el archivo del Consejo General;

XI. Expedir los documentos que acrediten la personalidad de los consejeros electorales, así como

de los representantes de los partidos políticos;

XII. Firmar, junto con el Presidente del Consejo General, todos los acuerdos y resoluciones que se

emitan; y

XIII. Las demás que expresamente le confieran este Código y las leyes del Estado.

CAPÍTULO VII

De la Junta General Ejecutiva

Fuente oficial: consultar publicación

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