Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 144

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 144. Son atribuciones del Secretario del Consejo Distrital:

I. Actuar como Secretario y someter al conocimiento y, en su caso, a la aprobación del Consejo

Distrital los asuntos de su competencia; II. Proveer lo necesario para que los acuerdos y resoluciones

de los Consejos General y Distrital se publiquen en estrados;

III. Realizar la difusión inmediata, de los resultados preliminares de las elecciones de Gobernador y

diputados. Al efecto, se dispondrá de un sistema informático para recabar dichos resultados;

IV. Proveer lo necesario para la custodia de los paquetes electorales con expedientes de casilla y de

cómputo depositados en el Consejo Distrital de acuerdo con lo dispuesto en este Código y demás

disposiciones aplicables;

V. Integrar los expedientes con las actas del cómputo de las elecciones de Gobernador y diputados,

para presentarlos oportunamente al Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano;

VI. Tramitar los medios de impugnación que deban ser resueltos por el Consejo General; o, en su

caso, los que se interpongan contra los actos o resoluciones del Consejo Distrital;

VII. Expedir las certificaciones que se requieran; y

VIII. Las demás que expresamente le confiera este Código.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 143Índice de la leyArt. 145 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.