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Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 213

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 213. Una vez cerrada la votación y llenado y firmado el apartado correspondiente del acta

de la jornada electoral, los integrantes de la mesa directiva procederán al escrutinio y cómputo, que

es el procedimiento por el cual los funcionarios de cada una de las mesas directivas de casilla,

determinan en cada elección:

I. El número de electores que votó en la casilla;

II. El número de votos emitidos a favor de cada uno de los partidos políticos, coaliciones y candidatos;

III. El número de votos nulos; y

IV. El número de boletas sobrantes.

Fuente oficial: consultar publicación

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