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Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 63

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 63. Los servidores públicos que pretendan participar en una precampaña electoral o proceso

interno, con el objeto de alcanzar la postulación o designación de su partido político para algún cargo

popular en el Estado, en su caso, deberán solicitar licencia conforme al proceso interno de selección

de candidatos de su instituto político.

Fuente oficial: consultar publicación

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