Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 92

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 19 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 92. La fusión tendrá por objeto, en los términos del convenio correspondiente, la formación

de un nuevo partido, en cuyo caso deberá solicitarse al órgano competente del Instituto el registro

respectivo.

En todo caso, el convenio podrá establecer que uno de los partidos políticos fusionados conserve su

personalidad jurídica y la validez de su registro, acordándose la disolución de la otra organización

política que participe en la fusión.

Para que pueda fusionarse una asociación política o partido político, deberá liquidar todos los pasivos

que tenga y no tener observaciones pendientes de subsanar por parte de los órganos de fiscalización

competentes.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 91Índice de la leyArt. 93 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis