Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 64 Bis
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *64 Bis.- Derogado.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE.- Se deroga el artículo 64 Bis del presente ordenamiento, por ARTÍCULO
PRIMERO dispositivo del Decreto 2352, publicado en el
Segunda Sección, de fecha 2024/09/04. .
REFORMA SIN VIGENCIA.- Adicionado por artículo segundo del Decreto No. 1631, publicado en el
2012/02/02.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- REVISION EN AMPARO CONTRA LEYES. (s/clave)
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
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