Código Fiscal de la Federación · Titulo QUINTO — De Los Procedimientos Administrativos · Capitulo III — Del procedimiento administrativo de ejecución · Seccion Cuarta — Del Remate
Artículo 174
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 174.- Salvo los casos que este Código autoriza, toda enajenación se hará en subasta pública que se llevará a cabo a través de medios electrónicos.
La autoridad podrá ordenar que los bienes embargados se vendan en lotes o piezas sueltas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- VENTA POR LAS AUTORIDADES, HECHA FUERA DE REMATE. (s/clave)
- EMBARGOS FISCALES, VENTA DE LOS BIENES OBJETO DE LOS. (s/clave)
- REMATE DE BIENES. CUÁNDO DEBEN PASAR ÉSTOS AL ADQUIRENTE, LIBRE DE GRAVÁMENES. (VIII.2o.46 A)
- RESARCIMIENTO ECONÓMICO EN MATERIA ADUANERA. EL REQUISITO CONSISTENTE EN QUE LA AUTORIDAD MANIFIESTE AL PARTICULAR SU IMPOSIBILIDAD MATERIAL PARA DEVOLVER LAS MERCANCÍAS EMBARGADAS (XIX.1o.A.C.48 A)
- VENTA JUDICIAL, PROCEDIMIENTOS PARA LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis