Código Fiscal para el Estado de Morelos
Artículo 255
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 255. Comete el delito de rompimiento de sellos en materia fiscal quien,
sin autorización legal, altere o destruya los sellos o marcas oficiales colocados con
finalidad fiscal o impida por medio de cualquier maniobra que se logre el propósito
para el que fueron colocados.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SELLOS, DESTRUCCION DE. (s/clave)
- ESTAMPILLAS FALSAS, VENTA DE. (s/clave)
- ESTAMPILLAS, EMITIDAS ILEGALMENTE, VENTA DE. (s/clave)
- SELLOS OFICIALES, FALSIFICACION DE. LA MERA ELABORACION CONFIGURA EL DELITO. (s/clave)
- FALSIFICACION DE MARCAS Y SELLOS OFICIALES. (s/clave)
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