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Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 35

Ordenamiento: Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-10-19

Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 35.-La determinación de los créditos fiscales corresponde a los sujetos pasivos, salvo

disposición expresa en contrario.

Cuando las leyes establezcan que la determinación deba ser hecha por la autoridad fiscal, los

sujetos pasivos informarán a ésta de la realización de los hechos que hubieren dado nacimiento a

la obligación fiscal y los que sean pertinentes para la liquidación del crédito en los términos que

establezca este Código y, en su defecto, por escrito, dentro de los quince días siguientes al

nacimiento de la obligación fiscal.

Los responsables solidarios, excepto los fedatarios públicos, proporcionarán, a solicitud de las

autoridades, la información que tengan a su disposición.

Fuente oficial: consultar publicación

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